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domingo, 23 de septiembre de 2007

LAS INTERROGANTES DEL DEBATE SOBRE LA CARGA SUELTA

Por Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez, J.D., LL.M.
rolando@bufete-emmanuelli.com

Hace varias semanas publicamos un artículo titulado El Dilema de la Carga Suelta. En aquella ocasión dijimos que el gobierno central, por conducto de la Autoridad de los Puertos, tiene planificado liberar miles de pies lineales de muelles del Puerto de San Juan, para dedicarlos a desarrollos privados comerciales, residenciales y turísticos. Sin embargo, la determinación de querer mover la carga suelta de San Juan a Ponce, crea una situación muy compleja que es necesaria evaluar detenidamente.

En primer término, los sectores empresariales y obreros del Puerto de San Juan han levantado su voz de protesta ante la merma de negocio que ocasionará este movimiento. Segundo, existe un debate muy álgido sobre el verdadero impacto económico en el mercado de la transportación de la carga suelta. ¿Será más caro o barato operar desde Ponce? Tercero, el Puerto de Ponce necesita incrementar su movimiento de carga para que sea uno más atractivo al operador que se contratará para manejar el Puerto de Transbordo Internacional con Valor Añadido que se quiere establecer, pero esto no debe ser a cuenta del desarrollo futuro del puerto. Cuarto, el lugar donde se pretende establecer las operaciones de carga suelta en Ponce es un muelle que va a desaparecer a corto plazo, pues será dragado para dar paso al canal de la tercera fase del Puerto de las Américas. Es decir, que dentro de tres a cuatro años tendremos el mismo problema de tener que volver a relocalizar las operaciones de carga suelta. ¿Dónde se van a ubicar? ¿En el área de furgones que es esencial para el valor añadido? ¿Sufriremos los rigores de la controversia actual en pocos años cuando haya que eliminar el muelle? Quinto, ¿quién debe beneficiarse de la operación desde Ponce? ¿Debe la Autoridad de los Puerto arrendar el muelle al Municipio de Ponce, cuando se puede contratar sin intermediarios con los operadores de carga suelta? ¿Si es así, cuánto debe pagar al Municipio de Ponce? ¿Cuánto más se incrementará el costo de operación si el dueño del muelle de Ponce, se lo arrienda a la Autoridad de los Puertos y esta entidad a los operadores? ¿Hace falta ese intermediario en la cadena de valor?

La Cámara de Comercio del Sur de Puerto Rico está estudiando todas esas interrogantes para hacer una recomendación responsable sobre el futuro de la carga suelta. La situación recomienda prudencia y análisis sosegado. Esperamos por su respuesta.

El autor es abogado notario, Presidente del Bufete Emmanuelli, C.S.P., pasado presidente de la Cámara de Comercio del Sur de Puerto Rico y anfitrión del programa Debido Proceso de Ley, que se transmite todos los sábados a las 11 de la mañana por WPAB 550 en el cuadrante de su radio. Para mayor información vea: http://www.bufete-emmanuelli.com

lunes, 17 de septiembre de 2007

El IMPACTO DEL PROSUMERISMO

Por Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez, J.D., LL.M.
rolando@bufete-emmanuelli.com
Especial para La Perla del Sur


El renombrado científico social Alvin Toffler, escribió un libro fundamental en la década de los 70 que se tituló “El Shock del Futuro”. En este libro Toffler advirtió a la humanidad sobre los cambios que ocasionaría el desarrollo de la economía y la tecnología. Gran parte de los cambios que predijo en esa época ya se han materializado. La historia económica de la humanidad ha pasado por tres inmensas olas. La primera, la agricultura. Luego, la época de la industrialización. Finalmente, estamos viviendo desde la década de los 50, la ola del conocimiento. Toffler plantea que ésta tercera ola está alcanzando su máximo desarrollo en occidente, ya concurre con las otras anteriores en el oriente y está cambiando todas las relaciones globales de producción, sociedad y economía. Uno de los elementos interesantes de sus proposiciones es el concepto del “prosumerismo”. En su último libro titulado “Riqueza Revolucionaria”, Toffler amplía su análisis sobre este concepto y explica algunas de sus consecuencias.

Si bien a partir del desarrollo de la era industrial todos nos fuimos convirtiendo en consumidores, según Toffler, los prosumidores somos ahora el sector fundamental de nuestra economía. El prosumidor es aquella persona que produce algunos o muchos de los bienes o servicios que finalmente consume. Cada vez que cortamos la grama del patio, reparamos algún equipo en el hogar, ayudamos a nuestros hijos en su educación o consultamos la Internet para indagar sobre alguna pregunta médica o jurídica, estamos produciendo y consumiendo. Toffler estima que el crecimiento del prosumerismo tiene un valor económico igual al de toda la economía global. El desarrollo del prosumerismo tiene grandes implicaciones para los modelos económicos contemporáneos, como por ejemplo, en las profesiones de servicio.

En la medida en que el consumidor puede utilizar la Internet para indagar sobre su salud física o mental, está resolviendo un problema de salud sin tener que recurrir a un médico o a un hospital. De la misma forma, cualquier persona que busque en el Internet puede encontrar información sobre las leyes y jurisprudencia de Puerto Rico. Los consumidores, clientes o pacientes están cada día más informados y recurren diariamente a construir sus soluciones sin tener que consultar a los profesionales licenciados por el Estado. Esto tiene ventajas y desventajas. Como ejemplo podemos señalar un ahorro en los costos por los servicios, pero también existe el peligro de que se cometan errores que afecten la salud o el tráfico jurídico. Sin embargo, la disponibilidad de la información hace improbable que se impida su aplicación personal, ya que las leyes sobre las profesiones lo que generalmente prohíben es que personas sin licencia ofrezcan el servicio a otras personas, pero no impiden que apliquen esos conocimientos en sus asuntos personales. Por ende, los profesionales como los médicos, abogados, contables van a sufrir una merma en solicitudes de sus servicios si es que no adoptan otras formas de prácticas profesionales.

Si disminuye la demanda por servicios profesionales porque muchas personas recurren a auto diagnosticarse, auto tratarse o auto ayudarse, qué alternativas le quedan a los profesionales. Se está creando un cambio paradigmático en el sector de servicios. Las profesiones tienen que ampliar la calidad de sus ofrecimientos para poder insertarse en la cadena de valor del prosumerismo. Ese es uno de los nuevos retos que trae la era del conocimiento. Sin duda, tenemos que estar pendiente y analizar lo que significa el prosumerismo para nuestra sociedad y economía para que podamos aprovecharlo para el desarrollo auto sustentable de nuestra país.

El autor es abogado notario, Presidente del Bufete Emmanuelli, C.S.P., pasado presidente de la Cámara de Comercio del Sur de Puerto Rico y anfitrión del programa Debido Proceso de Ley, que se transmite todos los sábados a las 11 de la mañana por WPAB 550 en el cuadrante de su radio. Para mayor información vea: http://www.bufete-emmanuelli.com

PROBLEMAS COMUNES EN LA ADMINISTRACIÓN DE UNA CORPORACIÓN

Por Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez, J.D., LL.M.
rolando@bufete-emmanuelli.com

Actualmente el proceso de incorporar una empresa parece muy sencillo. Se puede recurrir a la página de la Internet del Departamento de Estado y obtener el formulario de incorporación que tiene sólo dos páginas, y que permite que una vez se paguen los derechos, se inscriba la corporación. La mayoría de las personas comienzan a operar sus negocios con la creencia de que ya han cumplido con los requisitos de ley. Nada más lejos de la verdad.

La inscripción y pago de derechos en el Departamento de Estado es el primer paso en el proceso de cumplir con todos los requisitos de ley para lograr una corporación válida. Una de las ventajas fundamentales de tener un negocio incorporado es que existe responsabilidad limitada. Responsabilidad limita significa que generalmente las personas que son accionistas no responden por las obligaciones de la corporación. Al no responder por las obligaciones de la corporación, pueden llevar a cabo sus negocios con la seguridad de que los problemas corporativos no afectarán la estabilidad financiera personal o familiar. Esto es fundamental para el sistema económico capitalista. Sin embargo, si la corporación no está debidamente constituida porque faltan los trámites después del registro, esta responsabilidad limitada no existe.

Para que la corporación esté debidamente constituida es indispensable que se lleve a cabo la acción o reunión de los incorporadores; la elección de la junta de directores; la primera reunión de la junta de directores; la emisión de la cantidad y los tipos de acciones que correspondan; la apertura de la cuenta bancaria corporativa; la elección del sello corporativo; la aprobación del reglamento; y, que la junta de accionista ratifique los nombramientos de la junta de directores y sus actuaciones hasta ese momento.

Posteriormente, todas las determinaciones corporativas de envergadura deben consignarse por escrito en las minutas corporativas. Además, no se pueden mezclar los fondos corporativos con los personales. La contabilidad debe ser totalmente separada. Una corporación que no siga estos procedimientos, no protegerá a los accionistas. Para poder hacer estos trámites de manera confiable, consulte al abogado de su preferencia.


El autor es abogado notario, Presidente del Bufete Emmanuelli, C.S.P., pasado presidente de la Cámara de Comercio del Sur de Puerto Rico y anfitrión del programa Debido Proceso de Ley, que se transmite todos los sábados a las 11 de la mañana por WPAB 550 en el cuadrante de su radio. Para mayor información vea: http://www.bufete-emmanuelli.com

LA LEY 212 de 2002

Por Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez, J.D., LL.M.
rolando@bufete-emmanuelli.com


La Ley 212 del 2002 establece incentivos contributivos a los que inviertan dinero en obras de construcción en los centros históricos. La Cámara de Comercio del Sur de Puerto Rico está convencida de que la Ley 212 de 2002 es una de las leyes más extraordinarias para revitalizar los cascos históricos. Conforme a la Ley 212 y la de Municipios Autónomos, el Municipio de Ponce tiene la autoridad plena para evaluar los proyectos que se van a construir en el casco histórico para que cumplan con las disposiciones de Ley, de manera tal que se les conceda los créditos contributivos conforme a la inversión en materiales y mano de obra en que se incurra. Es decir, una vez que el Municipio Autónomo de Ponce evalúa una inversión que cumpla con los parámetros de la Ley 212, debe evidenciar la existencia de un crédito contributivo equivalente al valor en mano de obra y los materiales para que lo reconozca el Departamento de Hacienda.

Hay que recalcar que una de las principales bondades de esta Ley es que la inmensa mayoría de los proyectos de reconstrucción o desarrollo de edificios en el casco histórico de los municipios no son viables económicamente y que sin el crédito contributivo no sería posible obtener el objetivo de que nuestros cascos históricos vuelvan a ser los centros de actividad de vivienda, tráfico jurídico y comercial que fueron en el pasado y que es indispensable que vuelvan a convertirse.

Por otro lado, no puede perderse de vista que una vez se autoriza la construcción de un proyecto bajo la Ley 212, la inversión impacta casi todos los sectores económicos: El empleo, la venta de materiales, los contratistas, etc. El dinero fluye y crecen los indicadores económicos. Por tanto, el impacto que pueda tener el crédito contributivo en los recaudos del fisco se compensa por otras vías como el CRIM, arbitrios municipales, contribuciones sobre ingreso, etc. Es miope la visión de que la Ley 212 afecta la estabilidad económica del gobierno.

Lamentablemente, el Departamento de Hacienda aprobó un reglamento que reduce sustancialmente la cuantía de crédito contributivo lo que lo hace ineficaz para apoyar la viabilidad de los proyectos de construcción. El reglamento es contrario a las disposiciones claras de la Ley 212. Por tanto, debe declararse nulo. El Municipio Autónomo de Ponce ha impugnado este reglamento, sin embargo, lo ha aplicado a las solicitudes de beneficios bajo la Ley 212. Esto obliga a que cualquier solicitante que reciba el incentivo reducido que se concede bajo el reglamento del Departamento de Hacienda debe revisar administrativamente esta determinación en el Tribunal de Primera Instancia de Ponce, dentro de los 20 días a partir de que se deposita en el correo la notificación de la decisión. Si no se hace este trámite, podría ocurrir que no se pueda corregir la deficiencia en la concesión del incentivo, aunque eventualmente el Municipio de Ponce gane su impugnación del reglamento del Departamento de Hacienda.

El autor es abogado notario, Presidente del Bufete Emmanuelli, C.S.P., pasado presidente de la Cámara de Comercio del Sur de Puerto Rico y anfitrión del programa Debido Proceso de Ley, que se transmite todos los sábados a las 11 de la mañana por WPAB 550 en el cuadrante de su radio. Para mayor información vea: http://www.bufete-emmanuelli.com

HÁGALO AHORA Y SIN ESTRÉS

Por Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez, J.D., LL.M.
rolando@bufete-emmanuelli.com

No queda duda de que estamos atravesando una severa recesión económica. Las recesiones económicas tienen impactos materiales y emocionales. En muchas ocasiones el impacto emocional ocasiona desánimo y cautela extrema que impiden el que las empresas alcancen sus metas y objetivos o que tomen riesgos económicos que produzcan resultados extraordinarios. En momentos de crisis económica, es indispensable que todo empleado o ejecutivo pueda hacer sus tareas de la manera más rápida, efectiva y sin estrés. Parte de la crisis empresarial y gubernamental que estamos atravesando es por falta de ejecución. Cada día se posterga más en las empresas y en el gobierno. El problema no es de planes o de estrategias, sino de cómo poner en vigor esos planes y estrategias.

Ejecutar es el proceso de materializar una idea o un plan. El no poder ejecutar tiene tremendo impacto emocional que ocasiona ansiedad, depresión y fracaso económico. Es en los momentos de crisis donde la creatividad y las ejecutorias extraordinarias distinguen a los líderes emprendedores. Por eso es que es indispensable planificar y tener las herramientas efectivas para poder ejecutar.

Para atender esta necesidad, la Academia Jurídico Empresarial del Bufete Emmanuelli C.S.P., celebrará su sexto seminario el día 30 de agosto del 2007 titulado “Hágalo ahora y sin estrés... el arte de la disciplina profesional para el éxito”. Este seminario será en el salón de la legislatura del Municipio Autónomo de Ponce, a las 6:00 de la tarde y cuenta con el co-auspicio de la Cámara de Comercio del Sur de Puerto Rico. El seminario será libre de costo pero los espacios son limitados. Para reservar un espacio debe llamar al Bufete Emmanuelli C.S.P. al (787) 848-0666.

La Academia Jurídico Empresarial del Bufete Emmanuelli, C.S.P., se estableció el pasado mes de enero con el objetivo de proveer asesoramiento, consultoría y apoyo en las áreas Derecho y Administración de Empresas. Persigue educar a la comunidad empresarial sobre las oportunidades de negocio que representa el desarrollo del Puerto de Las Américas Rafael Cordero Santiago.

El autor es abogado notario, Presidente del Bufete Emmanuelli, C.S.P., pasado presidente de la Cámara de Comercio del Sur de Puerto Rico y anfitrión del programa Debido Proceso de Ley, que se transmite todos los sábados a las 11 de la mañana por WPAB 550 en el cuadrante de su radio. Para mayor información vea: http://www.bufete-emmanuelli.com

CÓMO EVITAR DEMANDAS EN EL TRIBUNAL

Por Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez, J.D., LL.M.
rolando@bufete-emmanuelli.com


Uno de los riesgos más grande que enfrenta un pequeño o mediano negocio es que confronte una demanda laboral o por daños y perjuicios. Esto obliga a la contratación de servicios profesionales y eventualmente, podría obligar al pago de una compensación monetaria que podía afectar severamente las finanzas de la empresa.

El proceso judicial es largo y costoso, pero no es el único mecanismo que existe para resolver las disputas. En Puerto Rico existe una política pública a los fines de que se atiendan las controversias personales o empresariales sin tener que recurrir al tribunal. Entre esos mecanismos de resolución de disputas que son alternativas al tribunal podemos mencionar la negociación, la mediación, la intervención neutral y el arbitraje. Cada uno de estos mecanismos tiene ventajas y desventajas que los empresarios deben evaluar con sus abogados a la hora de establecer cómo van a resolver sus disputas. Lo cierto es que generalmente son más económicos.

La ley establece que si dos partes contratan que cualquier disputa se resolverá recurriendo a un mecanismo alternativo de resolución, esto es vinculante y no se puede ir al tribunal hasta que no se cumpla con dicho procedimiento. En ese sentido, conviene a las empresas contratar en todos los aspectos, ya sea interna o externamente, cláusulas de resolución alternativa de conflictos, para que en caso de un problema, no se pueda recurrir al tribunal sin agotar el mecanismo de resolución de disputas.

Uno de los sectores que aprovecha muy bien los mecanismos de resolución de disputas es el de la construcción, ya que sus contratos generalmente tienen cláusulas de arbitraje. De esta manera, las partes tienen que ir a un procedimiento de arbitraje antes de que pueda recurrirse al tribunal. Toda empresa debe poner cláusulas de resolución de disputas en todos sus contratos, manuales, reglamentos y políticas. Estas cláusulas pueden redactarse de manera escalonada, de modo que se apliquen diferentes mecanismos de resolución de disputas antes de que haya la oportunidad de recurrir al tribunal.

El evitar riesgos que puedan perjudicar la empresa es indispensable para sobrevivir en estos tiempos difíciles. Para más detalles consulte al abogado de su preferencia.

El autor es abogado notario, Presidente del Bufete Emmanuelli, C.S.P., pasado presidente de la Cámara de Comercio del Sur de Puerto Rico y anfitrión del programa Debido Proceso de Ley, que se transmite todos los sábados a las 11 de la mañana por WPAB 550 en el cuadrante de su radio. Para mayor información vea: http://www.bufete-emmanuelli.com

EL PLEITO DE CLASE EN CONTRA DE LA AUTORIDAD DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS POR SOBREFACTURACIÓN

Por Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez, J.D., LL.M.
rolando@bufete-emmanuelli.com


Recientemente transcendió en la prensa que un empleado de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados había divulgado un esquema de facturación indebido, que perjudicaba a todos los clientes de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados. El esquema de facturación se basaba en un sistema de estimar la factura que resultaba en lecturas más altas de lo que debían ser y que muy pocos de los abonados hacían la reclamación, por lo que la mayoría pagaba el exceso facturado. Todos sabemos que ir a las oficinas de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados a reclamar un ajuste en la factura, es un trámite que toma varias horas. En muchas ocasiones, la respuesta de los funcionarios de la Autoridad, no es satisfactoria o toma mucho tiempo en que se ponga en vigor una investigación. Ante esta situación, muchos clientes aceptan pagar el exceso. La actuación de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados es ilegal y perjudica a los consumidores de una manera irrazonable por lo que se han radicado varios pleitos de clase en los que se reclama la devolución de los millones de dólares sobrefacturados.

Uno de los pleitos radicados es el de Amaris Coya Soto y otros vs la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados, en la que se pide la devolución del dinero sobrefacturado a todas las personas afectadas. Un pleito de clase es un pleito en el cual si una parte puede representar adecuadamente los intereses y las reclamaciones que tiene y son similares a las de múltiples partes, puede llevar la acción en representación de todas las personas perjudicadas. Para esto, hay que probar que existe coincidencia entre las reclamaciones de la parte demandante y de los miembros de la clase, y se debe probar, en otras cosas, que se puede proteger adecuadamente sus intereses. El resultado de este pleito podría ocasionar el que la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados revise todas las facturas desde el año 1994 y que haga un ajuste por todo el dinero sobrefacturado.

El pleito de clase es el mecanismo que existe para que se puedan revindicar los derechos de grandes sectores de la sociedad. En Puerto Rico prácticamente el 99.9% de las familias, son abonados de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados, ya que tiene el monopolio de este servicio. Es indispensable que se haga justicia si la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados ha sobrefacturado. De esta manera se protege el Debido Proceso de Ley.

El autor es abogado notario, Presidente del Bufete Emmanuelli, C.S.P., pasado presidente de la Cámara de Comercio del Sur de Puerto Rico y anfitrión del programa Debido Proceso de Ley, que se transmite todos los sábados a las 11 de la mañana por WPAB 550 en el cuadrante de su radio. Para mayor información vea: http://www.bufete-emmanuelli.com

LAS PRIMARIAS EN PONCE: MOMENTO PARA DEFINIR EL FUTURO

Por Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez, J.D., LL.M.
rolando@bufete-emmanuelli.com


Por primera vez en mucho tiempo habrá primarias en el Partido Popular Democrático, en las que se reta al alcalde de Ponce. Este tipo de reto debe ser uno en el que los electores puedan decidir, a base de criterios objetivos, cuál es el candidato que conviene a nuestra ciudad. Para ello, no se puede depender en los ataques partidistas a los que recurren los políticos tradicionales para defender sus aspiraciones a los cargos electivos. El futuro de una ciudad no se puede desperdiciar en debates estériles. Es necesario abordar los asuntos de importancia de manera inteligente y sosegada.

Los aspirantes a la Alcaldía de Ponce deben definirse claramente sobre el futuro del Puerto de las Américas. El Puerto de las Américas debe ser el instrumento principal de desarrollo económico de la Región Sur, y para ello tiene que ser un Puerto de Transbordo Internacional con Valor Añadido. Cualquier intención o esfuerzo de cambiar el puerto a otro concepto como el de carga suelta, uno turístico o cualquier otro que no permita que alcance su máximo desarrollo en transportación de productos de valor añadido, debe ser rechazado por los electores en las urnas.

Las zonas de valor añadido del Puerto de las Américas necesitan la atención inmediata del gobierno central, para que estén a tiempo a la hora en que termine la segunda fase del Puerto. Lamentablemente, no se ve un esfuerzo público de parte de las autoridades para que las zonas de valor añadido estén listas. Debe apoyarse la inversión privada para su desarrollo. Los propietarios de las fincas zonificadas como valor añadido pueden ser el motor fundamental de su implantación. Por tanto, hace falta legislación de incentivos industriales y de desarrollo privado para estas zonas.

El Aeropuerto Mercedita requiere la atención inmediata de las autoridades municipales para que sea el aeropuerto del Puerto de las Américas. Lamentablemente, el gobierno central estima que el aeropuerto del Puerto de las Américas, es el Aeropuerto de Aguadilla. Esto no tiene sentido, ya que el Aeropuerto Mercedita se encuentra a 10 minutos del Puerto. El desarrollo estratégico del Puerto de las Américas se verá gravemente afectado por esta política. Debe lucharse de frente y sin dilación por la ampliación de la pista para que pueda manejar carga y pasajeros y de manera que comience a tramitar vuelos internacionales.

La Ciudad de Ponce se merece un sistema de transportación público y políticas de desarrollo urbano que eliminen la dependencia en el automóvil. No es posible alcanzar un desarrollo auto sostenible a la luz del Puerto de las Américas, si la ciudad no cuenta con un sistema de transportación adecuado y nuevos criterios de desarrollo urbano. Ya es tiempo de que los líderes de la ciudad empiecen a plantearse de forma detenida este asunto. Las necesidades de convivencia social y el calentamiento global exigen un cambio radical en la forma en que nos transportamos y construimos viviendas.

Por último, es indispensable que el próximo Alcalde de Ponce se convierta en un campeón de los derechos y prerrogativas de la ciudad ante la cultura histórica del gobierno central de asignar el grueso de los recursos fiscales al desarrollo del área metropolitana. La agenda que hemos mencionado requiere una defensa férrea de nuestras prerrogativas como lo hizo Rafael Cordero Santiago. Si hay que ir al tribunal a reclamar, tenemos que hacerlo, aunque sea para litigar contra el gobierno que controla el partido. Hace falta un campeón que enfrente al gobierno central en defensa de los derechos de la ciudad. Sin este campeón, no podremos abordar los retos del futuro y lograr el desarrollo auto sostenible que nos merecemos.


El autor es abogado notario, Presidente del Bufete Emmanuelli, C.S.P., pasado presidente de la Cámara de Comercio del Sur de Puerto Rico y anfitrión del programa Debido Proceso de Ley, que se transmite todos los sábados a las 11 de la mañana por WPAB 550 en el cuadrante de su radio. Para mayor información vea: http://www.bufete-emmanuelli.com

Orientación Jurídica del Bufete Emmanuelli, C.S.P.

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División de Quiebras (Capítulos 13 y 7) y Seguro Social del Bufete Emmanuelli, C.S.P.