Acaban de enmendar la Regla 23 de las Reglas de Procedimiento Criminal sobre la Vista Preliminar. La Enmienda dispone lo siguiente:
(c) Procedimiento durante la vista. La vista iniciará con la presentación de la prueba del Ministerio Público. Éste pondrá a disposición de la persona imputada las declaraciones juradas de aquellos testigos que hayan declarado en la vista. La persona podrá contrainterrogar a estos testigos y ofrecer prueba a su favor. Al hacer la determinación de causa probable, el tribunal tomará en cuenta la admisibilidad en el juicio de la evidencia presentada por el Ministerio Público sobre los elementos del delito y la conexión de la persona imputada con el delito. En ningún caso será obligatoria la presentación de informes periciales forenses. Si, a pesar de lo anterior, fueran a presentarse los referidos informes de peritos forenses, no será requerido el testimonio de los peritos forenses durante la vista, sin perjuicio de que el imputado pueda confrontarlos en el juicio, de determinarse causa probable para acusar. . . ..."
Es decir, al hacer la determinación de causa probable, el tribunal tomará en cuenta la admisibilidad en el juicio de la evidencia presentada por el Ministerio Público sobre los elementos del delito y la conexión de la persona imputada con el delito. Si la evidencia no es admisible en el juicio, la balanza debe inclinarse a no encontrar causa probable. Esto está bien.
Sin embargo, la Regla dice: "En ningún caso será obligatoria la presentación de informes periciales forenses. Si, a pesar de lo anterior, fueran a presentarse los referidos informes de peritos forenses, no será requerido el testimonio de los peritos forenses durante la vista, sin perjuicio de que el imputado pueda confrontarlos en el juicio, de determinarse causa probable para acusar..."
Cómo puede encontrarse causa probable si no hay que presentar en la Vista Preliminar informes periciales ni peritos que los sustenten. Entonces existe una clara contradicción con lo que dice la oración anterior sobre la necesidad de tomar en cuanta la admisibilidad de la evidencia en el juicio. Cuál evidencia, la que no se presentó? Se les olvidó la Regla 103 de Evidencia que dice:
"En la vista de determinación de causa probable para acusar (vista preliminar), aunque las Reglas de Evidencia no obligan, la determinación de causa deberá efectuarse con evidencia admisible en el juicio."
La determinación de causa probable deberá efectuarse con evidencia admisible en el juicio!!! En el juicio no se puede presentar un informe pericial sin un perito, por ende, no se puede hacer en la Vista Preliminar.
Dónde queda la Regla 805 h que establece que estos informes no se pueden presentar contra el acusado sin peritos que los sustenten. La lectura de la Regla 103 y la 805 h obligan a que en la VP se presenten los peritos a declarar contra el acusado. No se puede sustentar una determinación de causa ofreciendo prueba científica contra el acusado si no se sienta a declarar un perito.
Los jueces y juezas van a tener que encontrar causa probable adivinando el resultado de un análisis? Van a tener que encontrar causa probable por fe? Cómo se va a probar en la Vista Preliminar con evidencia admisible en el juicio que esa sustancia es Cocaina?
Esta enmienda a la Regla crea una contradicción insalvable con las Reglas103 y 805 h de Evidencia que tienen raigambre constitucional, deja en ascuas a los jueces y juezas y somete a las personas acusadas a los vaivenes de la interpretación irrestricta y arbitraria que se haga del significado de esta enmienda.
Cordialmente,
Rolando Emmanuelli-Jiménez, J.D., LL.M.
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