Sinopsis: El pasado 24 de junio la Asamblea Legislativa aprobó las nuevas Reglas de Evidencia. Conforme con el comunicado de prensa publicado, “estas nuevas Reglas de Evidencia derogan las reglas aprobadas en el 1979 y las mismas se distinguen por su carácter moderno. Además, éstas cambian los métodos de identificación, autenticación y presentación de records electrónicos, compilaciones de datos, correos electrónicos y todo tipo de información almacenada en una computadora para permitir el acceso de esta evidencia a los Tribunales. También protegen el derecho de los testigos contra preguntas impropias o humillantes y el derecho de éstos a que no se les detenga más tiempo del que exija el interés de la Justicia y a que se les examine únicamente sobre materias pertinentes al caso; y amplían la protección a las víctimas de delitos sexuales. Incluye una norma para proteger la información entre abogado-cliente y entre contador público autorizado-cliente. Las reglas permiten protección adicional para que, entre otras cosas, no se entienda renunciada la confidencialidad cuando se divulga información inadvertidamente. De igual forma, las nuevas reglas disponen que la divulgación voluntaria de información a una agencia en procedimientos administrativos, no implica renuncia a algún privilegio relacionado con dicha información para efectos de procedimientos en los tribunales. Se aprobaron, además, cambios sustanciales en las reglas sobre la credibilidad e impugnación de testigos, así como en las reglas acerca de opiniones y testimonio pericial, prueba de referencia, autenticación e identificación de evidencia y sobre cómo manejar el contenido de escritos de correos electrónicos, grabaciones y fotografías. Las nuevas Reglas comenzarán a regir 60 días luego que termine la sesión o 180 días luego que la Asamblea Legislativa actúe sobre ellas y se usarán en todos los procedimientos o juicios que no hayan comenzado a esa fecha”.
Recurso: Lcdo. Rolando Emmanuelli-LLM. El Lcdo. Emmanuelli es abogado en la práctica privada de la profesión con más de 20 años de experiencia. Este formó parte del Comité de Reglas de Evidencia y desempeñó un rol activo durante la discusión y redacción del nuevo proyecto de Reglas de Evidencia sometido para la consideración y aprobación de esta Asamblea Legislativa.
El Derecho Probatorio ante el Nuevo Proyecto de Reglas
Por Rolando Emmanuelli Jiménez
Proveedor:
JLMA Learning Center, Corp
Montehiedra Office Center
Horas Crédito: 4 Horas – General LITI-2007-193 (APROBADO)
Precio: $152.00 (Incluye materiales, merienda, trámite EJC y estacionamiento gratuito).
Fechas disponibles:
Fecha: miércoles, 12-agosto-09 Horario: 1:15pm-5:30pm Registro: 12:45pm-1:15pm
Fecha: domingo, 23-agosto-09 Horario: 9:30am-2:00pm Registro: 9:00am-9:30am
Acreditación de Horas Crédito: El proveedor asume la responsabilidad de remitir al Tribunal Supremo en siete días laborables la documentación requerida a los proveedores para iniciar el trámite asociado con la acreditación de las horas créditos correspondientes a cada uno de los participantes matriculados.
Información sobre formas de pago: Se acepta Visa, Master Card y Cheque. Todo cheque devuelto conllevará un cargo de $25.00. Matrículas tardías conllevarán un cargo adicional de $20.00. Se considerará matrícula tardía toda matrícula tramitada con siete días laborables (o menos) previo a la fecha del seminario. Espacios limitados, reserva tu espacio con anticipación. SÓLO SE RESERVARÁN ESPACIOS Y MATERIALES CON LA HOJA DE MATRICULA Y CON EL PAGO TOTAL
Reembolsos y Políticas del Proveedor refiérase a las Políticas que se hacen formar parte de la Hoja de Matrícula. En caso de cancelación, reembolsaremos 50% del pago siempre y cuando la cancelación se haga con al menos cinco días laborables previo a la fecha del seminario. Luego de este periodo no se harán reembolsos.
En caso de requerir acomodo razonable favor de notificarlo. Se aneja Hoja de Matrícula. Favor de completar la misma y tramitarla vía fax.
Para reservaciones: 787-272-0990
Fax: 787-272-0515
Espacios Limitados
El autor es abogado notario, Presidente del Bufete Emmanuelli en Ponce, Presidente de la Alianza Pro Sur, Vicepresidente de DISUR, Inc., pasado presidente de la Cámara de Comercio del Sur de Puerto Rico y anfitrión del programa Debido Proceso de Ley, que se transmite todos los sábados a las 11:00 de la mañana por WPAB 550. Para mayor información vea www.debidoproceso.com.
Una publicación de Rolando Emmanuelli-Jiménez, J.D., LL.M., sobre los asuntos públicos que tienen impacto jurídico y socioeconómico. Rolando Emmanuelli Jiménez es abogado y notario, Presidente de Bufete Emmanuelli, C.S.P.
Suscríbase al Boletín Del Derecho y del Revés del Bufete Emmanuelli, C.S.P.
domingo, 9 de agosto de 2009
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario